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🚀 CONSAR publica nuevas reglas: Así impactarán en el rendimiento de tu Afore y en las cuentas perdidas

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La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) publicó este miércoles modificaciones clave a las reglas para calcular los rendimientos de las AFORE. El objetivo es que los trabajadores tengan mejor información para decidir dónde ahorrar y qué pasará con las cuentas que no han sido registradas.

Ciudad de México – La CONSAR, encabezada por Julio César Cervantes Parra, oficializó una serie de modificaciones a las Disposiciones de carácter general que establecen el procedimiento para la construcción de los indicadores de rendimiento neto de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES). Los cambios, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), buscan incentivar la competencia y transparentar la información para los trabajadores .

📈 Más transparencia: Podrás ver tu rendimiento a 3 años

Uno de los cambios más importantes para los ahorradores es la actualización del Artículo 8. Ahora, con fines meramente informativos, las Administradoras podrán presentar a los trabajadores los rendimientos calculados en un horizonte de 36 meses (tres años) para las Sociedades de Inversión Básica, Básica Inicial o de Pensiones.

¿Por qué es importante?
Anteriormente, la información podía enfocarse en plazos diferentes. Con esta medida, los trabajadores podrán comparar el comportamiento de su AFORE en un período más amplio, lo que permite una visión más clara del desempeño antes de decidir un traspaso . Esto te ayuda a tomar decisiones financieras más informadas sobre tu ahorro para el retiro.

🔍 Nuevas reglas para la «Reasignación» de cuentas no localizadas

El grueso de la modificación se centra en el Artículo 13 y el Anexo D, que regulan el proceso de reasignación de cuentas. Esto aplica cuando un trabajador tiene una cuenta asignada a una AFORE pero no la ha registrado o la Administradora no ha podido localizarlo.

Estos son los puntos clave del nuevo mecanismo:

  • Plazo fatal de 2 años: Las Cuentas Individuales asignadas o reasignadas que no sean registradas después de dos años entrarán en un proceso de reasignación.
  • Castigo por no localizar: El cambio más relevante es que, a partir de ahora, las AFORES tienen la obligación de comprobar que realmente buscaron al titular. Si no cuentan con evidencia de las actividades realizadas para localizar al dueño de la cuenta, perderán esos recursos sí o sí.
  • Distribución proporcional: Esas cuentas «perdidas» no se irán a cualquier lado. Se reasignarán únicamente a las Administradoras cuyas SIEFORE se encuentren en el tercil (el 33%) que registre los mayores Indicadores de Rendimiento Neto. Es decir, las cuentas huérfanas se premian a las AFORES que mejor rinden .
  • Fórmula de exclusión: Se establece una fórmula matemática clara en el Anexo D para garantizar que la AFORE que perdió las cuentas por no buscar a los dueños no pueda volver a recibir esas mismas cuentas en el futuro.

⚖️ Se premia el esfuerzo y el rendimiento

Según los considerandos de la resolución, el objetivo es «incentivar e incrementar el registro de Cuentas Individuales asignadas». Se busca castigar a las administradoras que no se esfuercen en localizar a los trabajadores y, al mismo tiempo, premiar a las que ofrecen los mejores rendimientos netos. Esto refuerza el derecho de los trabajadores a tener su cuenta en la AFORE que mejor les convenga, tal como lo establece el Artículo 74 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro .

⚙️ Vigencia

Las modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, por lo que ya son aplicables para los próximos procesos de asignación y reasignación.

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