- La Secretaría de Economía publica resolución final que concluye el procedimiento y deja sin efecto el impuesto a las importaciones de platos, tazas y loza de cerámica y porcelana originarias de China. La medida aplica para todo el país.
Ciudad de México – La Secretaría de Economía (SE) publicó este [Incluir fecha de hoy o «pasado jueves» según tu criterio editorial] la resolución final que pone fin a un largo proceso legal y administrativo sobre la vajilla china. El documento oficial, de alcance nacional, elimina la cuota compensatoria que se aplicaba a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de cerámica, incluyendo las de porcelana, originarias de la República Popular China.
Esta decisión, contenida en el expediente E.C.Rev. 23/23, es el resultado de una serie de litigios que se remontan a 2014 y que dejaron sin piso legal la medida original. Aquí te explicamos qué pasó y cómo te afecta.
¿Qué era la cuota compensatoria?
Originalmente, en enero de 2014, México impuso un arancel antidumping a la vajilla china. Este funcionaba de la siguiente manera:
- Precio de referencia: Se fijó un precio mínimo de 2.61 dólares por kilogramo.
- Si el precio era menor: El importador debía pagar la diferencia entre el precio de importación y los 2.61 dólares.
- Si el precio era mayor o igual: No se pagaba la cuota.
- Excepción: Quedaban exentos los tarros o mug’s con recubrimiento especial para sublimación.
El laberinto legal que tumbó el arancel
La cuota no logró consolidarse debido a una batalla legal de una década. Importadoras como Comercializadora México Americana (CMA), Liverpool y Sears impugnaron la medida. El conflicto llegó hasta la Suprema Corte y el resultado fue contundente: los tribunales declararon nula la resolución original de 2014, obligando a reponer el procedimiento desde cero.
Este fallo tuvo un efecto dominó. En noviembre de 2024, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que, si la resolución «madre» de 2014 era nula, también lo era la prórroga de la cuota realizada en 2019. «Se pretendió prorrogar una cuota compensatoria que fue declarada nula por este Tribunal mediante sentencia firme», señaló la sentencia.
La decisión final de la Secretaría de Economía
Ante este escenario, la Secretaría de Economía, dirigida por Marcelo Ebrard, determinó que no tenía sentido continuar con el análisis. Por ello, emitió la resolución que establece:
- Conclusión del procedimiento: Se da por terminado el examen de vigencia y la revisión de oficio de la cuota.
- Eliminación definitiva: Se elimina la cuota compensatoria para las importaciones de vajillas y piezas sueltas de cerámica y porcelana originarias de China, sin importar el país de procedencia.
- Vigencia: La nueva regla entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué productos están involucrados?
La medida aplica a las vajillas y piezas sueltas de cerámica y porcelana para servicio de mesa (platos, tazas, soperas, etc.), que usualmente ingresan por las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
¿Qué significa esto para el mercado mexicano?
- Para importadores y comercializadoras: Se elimina una barrera y un costo de importación, lo que podría facilitar y abaratar la entrada de estos productos.
- Para consumidores: Podría traducirse en una mayor oferta de vajillas y, potencialmente, en una baja de precios en tiendas departamentales y de autoservicio.
- Para productores nacionales: La empresa Cinsa, principal impulsora de la medida original, pierde la protección arancelaria y enfrentará una competencia más directa con productos chinos.
Con esta resolución, México cierra un capítulo de más de 10 años en la disputa comercial por la loza china, alineándose a los mandatos judiciales y dejando sin efecto el arancel.















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