El Instituto ofrece un perdón total de recargos y actualizaciones a quienes regularicen sus deudas de cuotas de los años 2023, 2024 y 2025. Conoce los detalles y cómo aprovechar este beneficio histórico.
Ciudad de México – En una medida destinada a sanear las finanzas de las dependencias y entidades públicas, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ha dado a conocer un nuevo acuerdo que permite la reducción de adeudos. A través del Acuerdo 7.1392.2025, aprobado por su Junta Directiva y publicado para el ejercicio fiscal 2026, se abre una ventana de oportunidad para que los entes obligados regularicen su situación con el Instituto.
El beneficio principal es la posibilidad de reducir hasta el 100% del monto correspondiente a intereses moratorios, actualización y recargos, tal como se estipula en el artículo 22 de la Ley del ISSSTE. Esto aplica para el pago de cuotas y aportaciones no enteradas correspondientes a los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
El acuerdo, fundamentado en el artículo Vigésimo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2026, está dirigido principalmente a:
- Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
- Gobiernos estatales y municipales que mantengan adeudos registrados al cierre de 2023, 2024 y 2025.
La clave: Pago en una sola exhibición
Para ser acreedores a este perdón de intereses y recargos, los interesados deberán liquidar el capital adeudado en una sola exhibición durante el ejercicio fiscal de 2026. Es crucial destacar que el beneficio no aplica para ciertos rubros específicos, como las aportaciones del 2% de Retiro (régimen del Transitorio Décimo Primero), las del Fondo de la Vivienda, y las del seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), salvo excepciones para trabajadores que optaron por el régimen del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.
¿Qué pasa si ya tienes un convenio?
Para las entidades federativas y municipios que ya hubieran celebrado convenios de regularización en el pasado, el ISSSTE podrá modificar o incluso cancelar los acuerdos previos para ajustarlos a este nuevo esquema, permitiendo así que puedan beneficiarse de las nuevas condiciones.
Modelos de convenio y plazos
La Junta Directiva autorizó la implementación de tres modelos de convenio para facilitar el proceso:
- Convenio de Reconocimiento de Adeudo (basado en el artículo de la LIF 2026).
- Convenio Modificatorio para acuerdos previamente suscritos.
- Convenio Directo entre el ISSSTE y la Dependencia o Entidad (sin necesidad de aval estatal).
Una vez firmado el convenio, los pagos deberán realizarse en un máximo de 20 días naturales.
¿A dónde irá el dinero recaudado?
El ISSSTE también especificó el destino de los recursos obtenidos por este programa de regularización y por la enajenación de inmuebles de su propiedad. El total se dividirá de la siguiente manera:
- 70% se destinará al fortalecimiento de los seguros, prestaciones y servicios que ofrece el Instituto.
- 30% se canalizará al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Fin de una era
Con este nuevo ordenamiento, quedan sin efectos los acuerdos previos 3.03.E.2024 y 21.1388.2024, consolidando esta nueva disposición como la única vía de regularización para el año 2026.
El acuerdo fue comunicado formalmente por el Secretario de la Junta Directiva, Víctor Manuel Torres Olivares, al Director General del ISSSTE, Dr. Martí Batres Guadarrama, el pasado 30 de enero de 2026, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
















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