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¿Adiós a las jubilaciones millonarias? Sheinbaum propone tope máximo a pensiones en el gobierno

confident senior businessman holding money in hands while sitting at table near laptop
  • La presidenta envía al Senado una reforma constitucional para limitar los privilegios y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, asegurando que los derechos de los trabajadores están a salvo.

Ciudad de México. – En un movimiento que busca apretar el cinturón en la administración pública, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo envió al Senado de la República una iniciativa para reformar el artículo 127 de la Constitución. El objetivo es claro: poner un límite máximo a las jubilaciones y pensiones millonarias que perciben altos funcionarios de entidades públicas, para que ninguna supere lo que gana el Presidente.

Lejos de eliminar prestaciones, el proyecto enviado por el Ejecutivo federal busca acabar con los privilegios económicos dentro del gobierno. La propuesta plantea que ninguna pensión o jubilación de empleados públicos de confianza —ya sea en organismos descentralizados, empresas del Estado o fideicomisos— pueda exceder la mitad del salario de la persona titular de la Presidencia.

¿Cómo funcionaría el nuevo tope?

La reforma plantea modificaciones al párrafo segundo y las fracciones II, III y IV del artículo 127 constitucional. La esencia de la propuesta establece que:

  1. Nadie gana más que el Presidente: Ningún servidor público puede tener un sueldo mayor al de la persona titular del Ejecutivo.
  2. Límite a los privilegios: Las jubilaciones y pensiones del personal de confianza de entidades paraestatales, empresas productivas del Estado y fideicomisos públicos no podrán rebasar la mitad de la remuneración presidencial.
  3. Sin «súper sueldos» encubiertos: En caso de que una persona tenga varios empleos públicos, la suma total de sus ingresos tampoco podrá exceder dicho límite, salvo excepciones muy específicas como trabajos técnicos calificados o especialización.

¿Habrá excepciones?

Sí. La iniciativa es clara al excluir de este tope a las Fuerzas Armadas. Tampoco se verán afectadas las pensiones derivadas de aportaciones voluntarias a las Afores (cuentas individuales), las aportaciones sindicales a sistemas complementarios, ni la pensión universal para adultos mayores (no contributiva) establecida en el artículo 4° constitucional.

¿Aplica solo para nuevas pensiones?

Este es uno de los puntos más relevantes. La propuesta de la presidenta Sheinamp especifica que el límite aplicará tanto para pensiones futuras como para aquellas ya otorgadas antes de que la reforma entre en vigor.

El documento enviado al Senado justifica esta medida bajo el principio de austeridad republicana y el uso responsable de los recursos públicos. Para blindar esta acción, se cita jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que avala que las reformas constitucionales pueden operar sobre el pasado sin violar el principio de irretroactividad de la ley, siempre que se busque el interés general.

«No se eliminan derechos, se ordenan», aclara Sheinbaum

Ante la posibilidad de interpretaciones encontradas, la propia presidenta ha sido enfática: la iniciativa no elimina derechos ni desconoce las pensiones ya ganadas por los trabajadores.

«En congruencia con los principios de austeridad, legalidad y responsabilidad financiera, esta iniciativa no elimina derechos ni desconoce pensiones y jubilaciones», se destaca en el proyecto. La intención, según el documento, es ordenar y armonizar los esquemas para garantizar que las pensiones sean justas, sostenibles y acordes con una administración pública moderna y comprometida con el bienestar general.

La reforma ahora queda en manos del Senado, donde comenzará el proceso de discusión y, en su caso, aprobación.

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