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¡Adiós al papeleo! DIF Nacional elimina requisitos para Credencial de Discapacidad y más trámites

El Sistema Nacional DIF publicó un nuevo acuerdo que simplifica drásticamente los trámites burocráticos. Ya no pedirán acta de nacimiento, CURP ni comprobante de domicilio para varios servicios clave.

CDMX [Ciudad de México] – En un esfuerzo por agilizar la atención a las familias mexicanas, la Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), la Mtra. María del Rocío García Pérez, emitió un acuerdo histórico de simplificación administrativa. La nueva normativa, publicada recientemente, elimina requisitos obsoletos y reduce los tiempos de espera para acceder a servicios esenciales como la Credencial Nacional para Personas con Discapacidad y asesorías jurídicas.

El objetivo principal de esta medida es reducir las cargas burocráticas, garantizando un acceso más rápido y sencillo a los derechos de asistencia social, tal como lo marcan la Constitución y la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

¿Qué cambia para los ciudadanos?

La modificación más significativa es la eliminación de múltiples requisitos que solían retrasar las gestiones. A partir de la entrada en vigor de este acuerdo, los usuarios ya no tendrán que presentar documentos como actas de nacimiento, CURP o comprobantes de domicilio para varios trámites, ya que las autoridades los validarán por otros medios.

Estos son los cambios más importantes en los trámites clave:

  • Credencial Nacional para Personas con Discapacidad (Homoclave DIF-2020-036-006): Se elimina la exigencia de presentar acta de nacimiento, certificado de discapacidad, CURP y comprobante de domicilio. Ahora bastará con una identificación oficial.
  • Certificado de Discapacidad (Homoclave DIF-2020-036-010): Ya no pedirán CURP ni comprobante de domicilio; solo se requiere identificación oficial y valoraciones médico-clínicas previas.
  • Certificación en Estándares de Competencia (Homoclave DIF-2020-036-009): Se eliminan las fotografías, acta de nacimiento y CURP. Además, el tiempo de resolución se reduce de 6 a solo 3 meses.
  • Asesoría Jurídica en Materia Familiar (Homoclave DIF-2019-036-003): Se quita el requisito de presentar identificación oficial (INE/pasaporte); ahora solo se necesita llenar un nuevo formato de solicitud.
  • Citas de valoración médica: Para agendar una cita ya no se requiere CURP ni comprobante de domicilio.

Digitalización y menos vueltas

El acuerdo también impulsa el uso de herramientas digitales. Por ejemplo, para inscribirse al Campus Virtual del DIF, los interesados solo necesitarán requisitar un formulario en línea. Además, se ha creado un nuevo formato simplificado llamado «Solicitud de Asesoría Jurídica de 1ª Vez» para facilitar el primer contacto con el servicio.

¿Cuándo aplica?
Las nuevas reglas entrarán en vigor veinte días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El DIF tendrá un plazo para actualizar toda la información en su portal y en el Portal Ciudadano de Trámites.

Con esta acción, el Gobierno de México busca garantizar un acceso eficaz y sin discriminación a los servicios de asistencia social, priorizando la confianza ciudadana y la eliminación de trámites burocráticos innecesarios.

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