La Secretaría de Economía publicó este 21 de mayo de 2026 dos resoluciones que inician procedimientos por discriminación de precios
La Secretaría de Economía de México ha dado un paso clave en la defensa de la industria nacional al formalizar el inicio de dos procedimientos administrativos de investigación antidumping contra productos originarios de la República Popular China. Las resoluciones, publicadas este jueves en el Diario Oficial de la Federación, afectan a las importaciones de cintas plásticas autoadhesivas y de vidrio de espejo.
Los expedientes AD_46-25 y AD_05-26 fueron radicados en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales. En ambos casos, las empresas solicitantes acusan que los productos chinos ingresan al país en condiciones de discriminación de precios (dumping), lo que ha causado un daño importante a la producción nacional.
Cintas plásticas: periodo de análisis de daño de tres años
En la primera investigación, las empresas Industrias Tuk, S.A. de C.V. y Navi Lux, S.A. de C.V. solicitaron el procedimiento sobre las importaciones de cintas plásticas autoadhesivas —conocidas comercialmente como cinta para empaque, cinta canela o diurex— que se clasifican en la fracción arancelaria 3919.10.01 de la TIGIE.
El periodo investigado para determinar las prácticas de dumping comprende del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025. En tanto, el periodo de análisis de daño abarca del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2025, con el objetivo de evaluar el impacto en la rama productiva nacional.
Según las solicitantes, China cuenta con una abrumadora capacidad exportadora. Durante el periodo investigado, las importaciones chinas representaron el 59% de las importaciones totales, con un crecimiento acumulado del 95% en el periodo analizado. Además, los precios de estas cintas mostraron subvaloraciones de hasta 54% respecto al producto nacional.
Vidrio de espejo: China abastece el 97% de las importaciones en 2025
La segunda investigación fue promovida por Vidrio Plano de México, S.A. de C.V. (Vitro) y Productora y Distribuidora de Espejos, S.A. de C.V. (Prodiesa). El producto objeto es el vidrio de espejo sin marco, que ingresa por la fracción 7009.91.99 de la TIGIE.
El periodo investigado también es del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025, y el análisis de daño abarca del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2025. Las solicitantes argumentan que las importaciones chinas crecieron un 129% en el periodo analizado, alcanzando una participación del 97% del total importado en el periodo investigado.
Un dato clave es que el precio de las importaciones chinas fue hasta un 58% inferior al precio nacional en el primer periodo (octubre 2022-septiembre 2023), y de 53% en el periodo investigado. De igual forma, el precio del vidrio de espejo nacional cayó 23% durante todo el periodo analizado.
Plazos y procedimiento
Ambas resoluciones, firmadas por el secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon, entrarán en vigor el día siguiente de su publicación. Las partes interesadas —productoras nacionales, importadoras, exportadoras y el gobierno chino— cuentan con 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico, presentar argumentos y pruebas.
La Secretaría podrá aplicar cuotas compensatorias definitivas incluso sobre productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 A de la Ley de Comercio Exterior.
Con información del Diario Oficial de la Federación.















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