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Multa millonaria a Movimiento Ciudadano por afiliar ciudadano sin su consentimiento; Tribunal Electoral confirma sanción

  • El INE impuso una multa de $288,642 pesos al partido por usar indebidamente los datos personales de Mario Eslava Sandoval, cuya firma en la cédula de afiliación resultó ser falsa, según peritaje de la FGR.

Ciudad de México – El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una multa histórica de $288,642.76 pesos contra el partido Movimiento Ciudadano (MC) por la afiliación indebida de un ciudadano veracruzano, quien nunca dio su consentimiento para unirse al partido. La sanción, impuesta originalmente por el Instituto Nacional Electoral (INE), fue ratificada por la Sala Superior del TEPJF al considerar que el partido utilizó datos personales sin autorización y presentó documentos falsos para intentar justificar la afiliación.

El origen de la denuncia: una firma falsa

Todo comenzó el 12 de mayo de 2025, cuando Mario Eslava Sandoval presentó una denuncia ante la Junta Local del INE en Veracruz. En su escrito, el ciudadano negó rotundamente haberse afiliado a Movimiento Ciudadano y señaló que su inclusión en el padrón de militantes violaba su derecho a la libre afiliación y constituía un uso no consentido de sus datos personales.

Ante la queja, el INE solicitó a MC la cédula de afiliación del denunciante. El partido entregó el documento, argumentando que la afiliación había sido voluntaria y que la firma era auténtica. Sin embargo, Eslava Sandoval impugnó la validez del documento, por lo que la autoridad electoral ordenó una prueba pericial en grafoscopía a cargo de la Fiscalía General de la República (FGR) .

El peritaje que definió el caso

El dictamen de la FGR fue contundente: la firma en la cédula de afiliación de MC «NO TIENE EL MISMO ORIGEN GRÁFICO» que las firmas auténticas del ciudadano. Es decir, se trataba de una firma apócrifa.

Con esta prueba, el 30 de enero de 2026, el Consejo General del INE resolvió que Movimiento Ciudadano sí había cometido la infracción y le impuso una multa total de $288,642.76 pesos. El monto se dividió en dos partes: una por la afiliación indebida y otra, más elevada, por la «gravedad especial» de haber presentado documentación falsa para tratar de acreditar un hecho inexistente.

La defensa de MC y la respuesta del Tribunal

Inconforme, el 6 de febrero de 2026, Movimiento Ciudadano presentó un recurso de apelación ante el TEPJF (expediente SUP-RAP-37/2026). El partido argumentó que la sanción era desproporcionada y que el INE no había valorado correctamente la prueba pericial, alegando que el perito no había podido responder a todas las preguntas planteadas.

Sin embargo, al estudiar el caso, la Sala Superior, con ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, declaró los argumentos de MC como infundados. El Tribunal determinó que:

  1. La pericia es la prueba reina: El dictamen de la FGR es la herramienta idónea para determinar la autenticidad de una firma. El INE, al no ser experto en la materia, no podía llegar a una conclusión distinta a la del peritaje.
  2. La firma falsa acredita el dolo: La conclusión del peritaje no solo demostró que no hubo consentimiento, sino que la firma era falsa, lo que prueba que el partido actuó con dolo al presentar un documento apócrifo.
  3. Sanción proporcional: El Tribunal avaló el cálculo de la multa realizada por el INE, que consideró la gravedad de la falta, la reincidencia (que no existía, pero se tomó como base para no aumentar la pena) y el uso de un documento falso como agravante.

Conclusión: una lección sobre datos personales

El TEPJF confirmó que la libre afiliación es un derecho personalísimo y que los partidos políticos tienen la obligación de custodiar y comprobar fehacientemente la voluntad de los ciudadanos. Presentar una cédula con una firma falsa no solo vulnera ese derecho, sino que constituye una falta grave que merece sanciones ejemplares.

Con esta resolución, Movimiento Ciudadano deberá pagar la multa de casi 300 mil pesos por intentar afiliar a un ciudadano sin su permiso, en un caso que sienta un precedente importante sobre la protección de datos personales en el ámbito político.

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